domingo, 5 de abril de 2020

Ministerio de Justicia y Paz e iniciativas de prevención de la violencia

El ámbito de administración de la justicia, enlaza tres entidades que tienen competencias en relación con ésta, las mismas son: Ministerio de Justicia y Ministerio de Seguridad —ambas del Poder Ejecutivo— y el Poder Judicial. 

Ministerio de Justicia y Paz

Este Ministerio, fue creado mediante la Ley Orgánica del Ministerio de Justicia, N° 6739 del 28 de abril de 1982. Como misión, le corresponde: 
“Ser órgano responsable, de la rectoría en materia de administración penitenciaria, de la seguridad jurídica de sus habitantes y bienes; de la prevención integral de la violencia y el delito; del control de las exhibiciones de espectáculos, materiales audiovisuales e impresos en el territorio nacional y del fomento y la supervisión de la adopción de procedimientos de resolución alterna de conflictos. Además de fungir como consultor de la administración pública y representante legal del Estado” (Ministerio de Justicia y Paz, s.d).

Ejerce sus funciones por medio de dos dependencias: la Dirección General de Adaptación Social y la Dirección General del Registro Nacional. Es a través de la Dirección General de Adaptación Social que el Ministerio ejecuta las sanciones y penas impuestas por el Poder Judicial. Dirección creada mediante la Ley N° 4762, en el año 1971, de carácter nacional, tiene 41 centros penales y oficinas en todo el país para atender a adolescentes, personas adultas, y personas adultas mayores en sistemas cerrados de contención, semiabiertos y comunitarios. (Ministerio de Justicia y Paz, s.d).
Siguiendo esta fuente, su misión es la siguiente: “La Dirección General de Adaptación Social es una institución comprometida con la ejecución de las penas privativas de libertad y medidas alternativas dentro de un marco de respeto al Estado de Derecho, a los principios democráticos y a los Derechos Humanos” Con respecto a su visión, la misma se indica a continuación: “La Dirección General de Adaptación Social debe aportar significativamente en el control institucional de las acciones infractoras a la Ley de las personas que deben y pueden asumir la responsabilidad de sus acciones, en el contexto del fenómeno social de la criminalidad y el respecto a su reconocimiento como sujetos de derechos” (Ministerio de Justicia y Paz, s.d). (Guillén, Picado, & Sánchez, 2010)

“La justicia preventiva está por encima de todos los principios, de la razón, de la humanidad y de las políticas sensatas, y es preferible, en todo sentido, a la justicia punitiva.” Sir William Blackstone, jurista inglés.

Costa Rica vive actualmente una situación sumamente compleja en materia de seguridad ciudadana. Los indicadores de violencia y delictividad se encuentran en puntos muy altos, lo que tiene consecuencias directas en el desarrollo humano, pues de diversas formas se les limita sus libertades de ser y hacer lo que deseen, lo cual es el último fin del desarrollo, y la razón que debe guiar las acciones de todos los Estados.
El problema de la inseguridad no radica únicamente en los actos violentos o delictivos, sino, además, en los factores de riesgo que los propician y las consecuencias que su existencia e incremento tienen sobre la convivencia ciudadana, la paz social y las posibilidades  de construir un tejido social fuerte. Es por ello que, el Gobierno de Costa Rica definió como una de sus siete Áreas Estratégicas de Articulación la de la Seguridad Humana, la cual debe impulsar políticas y estrategias que propicien condiciones favorables al desarrollo humano y la construcción y preservación de entornos protectores. Dicha Área está conformada por cinco componentes, uno de los cuáles es el de la prevención de la violencia. En este marco, el Ministerio de Justicia y Paz, a través del Viceministerio de Paz, se ha dado a la tarea de elaborar una Agenda Nacional de Prevención de la Violencia y Promoción de la Paz Social, que visibilice todo el trabajo que hace la institucionalidad pública en esta materia, y que además recomiende algunas articulaciones y coordinaciones entre iniciativas interinstitucionales, con el fin de lograr mayor eficiencia e impacto en la disminución de diferentes formas de violencia que afectan a las personas en los territorios priorizados por el Área Estratégica de Articulación Presidencial de Seguridad Humana (AEAPSH). En esta tarea se cuenta con el apoyo del Programa de Naciones Unidas para el Desarrollo (PNUD).

La prevención de la violencia dentro del área estratégica de articulación presidencial de seguridad humana

El Gobierno de la República, mediante los Decretos Nº 41187-MP-MIDEPLAN y Nº 41265-MP-MIDEPLAN-MTSS, promulgó el Reglamento Orgánico del Poder Ejecutivo donde se definen las Áreas Estratégicas de Articulación Presidencial, definidas como instancias de dirección, articulación y seguimiento de las políticas públicas para garantizar el cumplimiento de las prioridades establecidas por mandato presidencial. Entre ellas se encuentra la de Seguridad Humana, cuyo objetivo es idear y desarrollar políticas y estrategias para favorecer el desarrollo humano y la construcción y preservación de entornos protectores. La noción de seguridad humana se refiere a la existencia de condiciones básicas y garantías mínimas para el desarrollo humano, que no es otra cosa que la expansión de las libertades efectivamente disfrutadas por las personas. La seguridad humana plantea siete dimensiones, tres de las cuales están dirigidas a la creación y mantenimiento de condiciones para que las personas vivan pacíficamente, en buena convivencia, sin violencia o amenaza de ella, y con la posibilidad real de disfrutar sus derechos humanos básicos.
En el caso de Puente a la Prevención, se trata de un eje transversal en la medida en que la violencia es un fenómeno multicausal y que se puede ver reflejado en todos los otros componentes. Está orientado por un enfoque de seguridad humana que busca estimular entornos protectores, generar vínculos sostenibles entre las comunidades e instituciones para la reducción de la violencia, y promover una convivencia basada en la cultura de paz.
De acuerdo con lo establecido en el Decreto Ejecutivo Nº 41187-MP-MIDEPLAN, al Ministerio de Justicia y Paz le corresponde la coordinación del trabajo interinstitucional y las intervenciones territoriales a partir de los criterios de priorización definidos. Esto se deriva además de las funciones que la Ley le atribuye a dicho Ministerio relacionadas con “a) Coordinar todos los planes y programas oficiales vinculados, directa o indirectamente, con la prevención de la delincuencia; así como también la de “b) Formular, desarrollar y administrar programas y proyectos para la prevención del delito, la investigación de las conductas criminológicas y la determinación de las causas y factores de la delincuencia en Costa Rica (Artículo 7, inciso a y b de la Ley Orgánica del Ministerio de Justicia y Paz N°6739).
Las acciones relacionadas con la prevención de la violencia y la promoción de la paz responden específicamente al ODS 16 “Paz, justicia e instituciones fuertes”, pero también inciden sobre otros como el ODS 05 “Igualdad de género”, el ODS 10 “Reducción de las Desigualdades”, el ODS 17 “Alianzas para lograr los objetivos”, entre otros.

Niveles de intervención de la prevención de la violencia

Existen tres niveles que buscan prevenir la violencia:

Prevención Primaria

Es un conjunto de acciones dirigidas a la población en general, cuyo objetivo es fortalecer capacidades personales para la convivencia democrática, mediante un enfoque positivo en el respeto de los derechos humanos y la diversidad, la práctica de hábitos saludable y el desarrollo de destreza y habilidades para la vida. En este nivel pueden identificarse acciones como la apropiación y activación de espacios públicos para la convivencia ciudadana, programas para desarrollar y fortalecer capacidades de cuido y autocuido, capacitación para la resolución pacífica de conflictos, acciones dirigidas a promover la permanencia en el sistema educativo, entre otros.

Prevención secundaria

Estas se dirigen a poblaciones en riesgo cierto de sufrir los efectos de la violencia. Pretenden detener la evolución del riesgo de la violencia mediante acciones desarrolladas con base en la detección y atención temprana de situaciones y factores que la desencadenan. El objetivo es disminuir la incidencia de actos y conductas violentas y la victimización, y se desarrolla en los entornos de las personas y las comunidades. La prevención secundaria pretende reducir la prevalencia de los factores de riesgo que se traducen en conductas violentas. En este ámbito se encuentran acciones como la atención y acompañamiento psicopedagógico para evitar el abandono escolar, intervención situacional en lugares propicios para la comisión de delitos, programas de mediación comunitaria, control de armas de fuego, entre otras.

Prevención terciaria

Son actividades dirigidas al tratamiento, rehabilitación y reintegración social de personas que han sido afectadas directamente por la violencia, sea como victimarios o víctimas, o como personas con actividades o hábitos que afectan su integridad personal y la de otras personas. En esta materia se encuentran los programas para el desarrollo de capacidades sociales y de empleabilidad para la reincorporación a la vida en sociedad de personas privadas de libertad por conflicto con la ley penal, acciones de atención y reivindicación a víctimas y la rehabilitación y educación en hábitos saludables de personas con adicciones al alcohol y otras drogas. (Ministerio de Justicia y Paz, 2019)



Referencias

Guillén, K., Picado, C., & Sánchez, M. (2010). Los Informes Sociales Institucionales del Ámbito B del Centro de Atención Institucional La Reforma, del Ministerio de Justicia y Paz. Obtenido de Universidad de Costa Rica: http://www.ts.ucr.ac.cr/binarios/tfglic/tfg-l-2010-14.pdf
Ministerio de Justicia y Paz. (octubre de 2019). Agenda Nacional de Prevención de la Violencia Y Promoción de la Paz Social. Obtenido de Ministerio de Justicia y Paz República de Costa Rica: http://www.mjp.go.cr/viceministeriopaz/DocumentacionPaz



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